jueves, 5 de noviembre de 2026
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Beneficio Social por Desempleo Depósitos semestrales: 15 de Mayo y 15 de Noviembre

Calculadora de Compensación por Tiempo de Servicios (CTS)

Calcula el depósito intangible que tu empleador debe abonar en tu cuenta bancaria o caja financiera en los meses de mayo y noviembre según la ley laboral peruana.

Calculadora de CTS

Compensación por Tiempo de Servicios — Depósitos obligatorios de Mayo y Noviembre

S/
S/
Remuneración Computable (Sueldo + 1/6 Grati)S/ 3,500.00
Sexto de Gratificación integrado+S/ 500.00
Monto a Depositar en Cuenta CTSDepósito en entidad bancaria o caja financiera
S/ 1,750.00
Texto Único Ordenado del D.L. N° 650 (Ley de CTS)Regulado por SUNAFIL

Aspectos Clave sobre el Depósito y Retiro de CTS

¿Cuáles son los periodos semestrales computables?

El depósito de Mayo computa los meses laborados entre noviembre del año anterior y abril del presente año. El depósito de Noviembre comprende las labores entre mayo y octubre.

¿Cómo se calcula el sexto de la gratificación?

La ley estipula que la remuneración computable incluye el sueldo básico, la asignación familiar (si corresponde) y un sexto (1/6) de la última gratificación ordinaria percibida (de julio para el depósito de noviembre, o de diciembre para el depósito de mayo).

Disponibilidad y Libre Retiro

Bajo la norma ordinaria permanente, el trabajador puede disponer del excedente de 4 sueldos brutos acumulados en su cuenta CTS. Cualquier autorización extraordinaria del 100% depende de la legislación temporal promulgada por el Congreso de la República.